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Facultades y Dependencias / Vicerectoría Académica / División de Admisiones y Registro Académico  
Matrícula Financiera
Liquidación de Derechos Económicos

    Área de Matrícula Financiera
Contenido
Pregrado
Documentos exigidos a Aspirantes Admitidos - Pregrado
Posgrado
    Modalidad Cupos Libres

 

Pregrado

El sistema de liquidación de Matrícula Financiera para los estudiantes de Pregrado con sede en Cali, está reglamentado mediante el Acuerdo No. 010 de Julio 9 de 1999. Para ver la norma haga clic AQUÍ:


EJEMPLO ILUSTRATIVO

María se inscribió al Programa Académico X y posteriormente fue admitida. María había terminado la secundaria en el año de 2002 en un colegio X, donde pagó $40.000,oo de pensión  mensual. Su residencia está ubicada en  un sector de estrato 3, por lo tanto, teniendo en cuenta el artículo 3 del Acuerdo Nº 010 de julio 9 de 1999 y realizando las operaciones correspondientes vamos a obtener el valor que debe pagar por los derechos económicos. Así, tenemos (el salario mínimo mensual vigente para 2002 fue de $309.000,oo):


Pensión (S.M) = Valor pensión mensual colegio / valor salario mínimo mensual
                       = 40000 / 309000 = 0.129

Ahora, multiplicamos el anterior resultado por 5.5 veces el valor del salario mínimo mensual legal vigente (el salario mínimo para calcular los derechos económicos para el período académico agosto -diciembre de 2009 es de $ 496.900,oo):

                           Pensión(S.M) x S.M.M.V. x 5.5
                         = 0.129 x 496.900 x 5.5 = 352.550,00

María reside en un sector de estrato 3, es decir, según la tabla correspondiente del citado Acuerdo, el porcentaje para este caso sería del 25%, por tanto multiplicamos el último resultado por 1.25
                            352.550 x 1.25 = 440.688

Este resultado sería lo que María pagaría por los Derechos Económicos, es decir, $440.688 , sin haber agregado el valor a pagar por otros conceptos considerados en el parágrafo 2 del Acuerdo mencionado.

NOTAS ACLARATORIAS.

  • El valor de los Derechos Económicos para estudiantes de pregrado varía de acuerdo al valor de la pensión mensual pagada en el colegio en el último año de estudios secundarios (grado once) y el estrato de residencia del aspirante o estudiante.
  • El valor de los Derechos económicos no depende del programa académico ni del semestre a cursar.

 REINTEGROS DE DINERO.

La Universidad del Valle ha reglamentado los Reintegros o devoluciones de dinero por diferentes conceptos mediante la Resolución de Rectoría No. 2.653 de Noviembre 21 de 2006 y la Resolución de Rectoría No. 1.020 de Febrero 27 de 2015.

Si cumple con alguna de las causales de reintegro de dinero establecidas en las resoluciones, puede comunicarse con la secretaria Norma Campo del Área de matrícula Financiera al correo campo.norma@correounivalle.edu.co, para que le sea brindada la información correspondiente.

La Universidad no efectúa devoluciones o reintegros si no le cubre alguna de las causales de devolución establecidas en la Resolución de Rectoría No. 2.653 de Noviembre 21 de 2006
 
Mayor Información

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Teléfonos: +57 2 3391659 - 3392205
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